Cada año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece los lineamientos para que las personas físicas y morales cumplan con su declaración anual. En 2025, corresponde presentar la del anterior ejercicio fiscal, 2024; descubre si tienes que hacerla.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual en 2025?
Si eres persona física y obtuviste ingresos por los siguientes conceptos, debes cumplir con esta obligación fiscal:
- Sueldos y salarios, si:
- Trabajaste para más de un patrón en el año.
- Dejaste de laborar antes del 31 de diciembre.
- Tus ingresos provinieron del extranjero o de entidades sin obligación de retener impuestos.
- Recibiste indemnización, jubilación o pensión superior al límite establecido.
- Percibiste más de 400 mil pesos anuales.
- Servicios profesionales y actividades empresariales, incluyendo:
- Plataformas tecnológicas.
- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
- Actividades en la región fronteriza.
- Si tienes cualquiera de los siguientes bienes:
- Arrendamiento de bienes inmuebles.
- Enajenación o adquisición de bienes.
- Intereses, dividendos y premios.
- Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
¿Qué necesitan los contribuyentes para su declaración anual?
Para presentar la Declaración Anual 2024, es indispensable contar con:
- RFC
- Contraseña generada o actualizada a través de SAT ID o con la e.firma a través del portal del SAT
- e.firma vigente
- Datos bancarios en caso de tener saldo a favor
¿Hasta cuándo puedo presentar mi declaración anual?
La fecha límite para cumplir con esta obligación para las personas físicas es el 30 de abril de 2025. No dejes pasar el plazo y evita multas o sanciones.
Personas morales: ¡también deben declarar!
Con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó mejoras a los formularios de la Declaración Anual 2024 para empresas (personas morales).
Estas deben presentar su declaración entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con la ventaja de que el formulario incluye precarga de información en rubros como ingresos, retenciones, nómina y remanentes fiscales.
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Cortesía de UNO TV
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