¿Quieres regularizar tu situación fiscal? SAT lanza programa que disminuye 100% en multas y recargos

¿Le debes al SAT? Regulariza tu situación con 100% de descuento. Shutterstock

El SAT 2025 anunció un nuevo programa de regularización fiscal que permite la condonación del 100% en multas, recargos y gastos de ejecución a personas físicas y morales con adeudos fiscales. El objetivo es facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias y permitir que contribuyentes con ingresos inferiores a 35 millones de pesos se pongan al corriente.

Adeudos fiscales que entran en la regularización SAT 2025

El beneficio aplica a adeudos determinados por el SAT o la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) correspondientes al ejercicio fiscal 2023 o anteriores, siempre que estén relacionados con:

  • Recargos y gastos de ejecución derivados de contribuciones federales propias, retenidas, trasladadas o cuotas compensatorias.
  • Multas fiscales, aduaneras o de comercio exterior, así como por incumplimientos distintos a los de pago.
  • Multas con agravantes, siempre que estén vinculadas a contribuciones federales omitidas o cuotas compensatorias.

No se requiere impugnar ni abrir instancia adicional para solicitar la condonación. La respuesta de la autoridad fiscal no será susceptible de impugnación.

Requisitos para acceder al programa de condonación del SAT 2025

Los contribuyentes deben cumplir con los siguientes criterios:

  • No haber recibido condonaciones bajo programas generalizados de los años 2000, 2007 o 2013.
  • Que los ingresos del ejercicio fiscal correspondiente no excedan los 35 millones de pesos.
  • No haber sido sentenciados por delitos fiscales.
  • No aparecer en los listados previstos en los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.

Escenarios para solicitar la reducción del 100% de recargos y multas

El SAT 2025 estableció cuatro escenarios específicos donde los contribuyentes pueden acogerse a esta regularización fiscal:

A) Contribuciones no determinadas por la autoridad

Los contribuyentes deben:

  • Presentar las declaraciones omitidas.
  • Solicitar línea de captura (FCF) mediante Mi portal.
  • Incluir en la solicitud datos sobre la contribución, ejercicio, periodo y monto.
  • Realizar el pago en una sola exhibición.
  • Acreditar el pago en la declaración correspondiente.

B) Sujetos a facultades de comprobación

En estos casos, se requiere realizar una autocorrección de las irregularidades detectadas durante el proceso de fiscalización, dentro del plazo indicado por la autoridad, y realizar el pago correspondiente para aplicar el estímulo.

C) Créditos fiscales en parcialidades

Este supuesto aplica si se está pagando un crédito fiscal a plazos y al 1 de enero de 2025 queda saldo pendiente. Para acceder al beneficio, se debe:

  • Pagar el monto actualizado en una sola exhibición.
  • Presentar la solicitud en línea mediante Mi portal.
  • Cubrir el importe dentro de los 30 días naturales siguientes a la emisión del formulario de pago.

D) Créditos fiscales firmes

Si el adeudo está en litigio, es necesario desistirse del medio de defensa. Luego, se presenta la solicitud por internet y se paga el monto actualizado determinado por la autoridad dentro del plazo establecido. También es posible solicitar pagar en seis parcialidades.

Consideraciones adicionales del programa SAT 2025

  • El estímulo entra en vigor el 1 de enero de 2025.
  • No se considera como ingreso acumulable para efectos del ISR.
  • No genera derechos a devolución, deducción, acreditamiento o compensación.
  • El pago debe realizarse exclusivamente en efectivo mediante instituciones autorizadas por la TESOFE.

La solicitud para aplicar al estímulo debe realizarse en el apartado “Servicios por internet” de Mi portal, seleccionando la opción “Aplicación Estímulo LIF DYP” o “ESTIMULO FISCAL LIF 2025”, según corresponda al caso del contribuyente.

Cortesía de UNO TV



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