El programa piloto para el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil continúa en México desde el 1 de septiembre de 2025. La intención de las autoridades es reducir delitos como la extorsión y el fraude al vincular cada línea telefónica con la CURP de una persona. El proceso, que eventualmente será obligatorio, tiene una consecuencia clara para quien no cumpla con la normativa: la suspensión de su número telefónico.
El objetivo del Gobierno, en conjunto con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) y los operadores móviles, es que todos los usuarios registren sus líneas. Por ello, la nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión no establece una multa económica, sino una acción directa que inhabilitará el servicio.
La sanción: suspensión total de la línea
El artículo trigésimo transitorio de esta nueva ley estipula claramente que, una vez concluido el periodo de registro, toda línea que no esté asociada a un usuario final será suspendida.
Una línea suspendida solamente tendrá dos usos posibles:
- Realizar llamadas a números de emergencia.
- Contactar a números de atención ciudadana definidos por las autoridades.
En otras palabras, no se podrán hacer o recibir llamadas regulares, enviar o recibir mensajes, ni usar datos móviles para navegar por internet.
De acuerdo con la nueva ley, todas las líneas móviles activas en México deben estar registradas a nombre de un usuario plenamente identificado antes de junio de 2026. Quien no haya completado su registro antes de esa fecha, enfrentará esta consecuencia.
Para facilitar el proceso a los más de 120 millones de usuarios que ya tienen una línea activa, la ley establece que, una vez que termine el programa piloto (entre septiembre y octubre de 2025), las compañías telefónicas deberán habilitar una modalidad remota para el registro.
Telcel y su prueba piloto
Actualmente, cada compañía participante en la prueba piloto ha realizado la implementación de forma discrecional. Un claro ejemplo es Telcel, que ya ha indicado que “por disposición oficial”, todos sus usuarios (nuevos o existentes) deben proporcionar una identificación con CURP de forma presencial en un Centro de Atención a Clientes (CAC).

Sin embargo, durante este periodo de prueba, no parece existir una sanción clara para quienes ya son clientes de la compañía y no realizan el proceso. El propio servicio de atención a clientes de Telcel ha confirmado que, de momento no hay penalizaciones por no vincular la CURP a un número telefónico existente.
Finalmente, es importante recordar que la nueva ley establece que los datos de los usuarios serán almacenados directamente por las compañías telefónicas y no por las autoridades federales, quienes solo podrán acceder a la información a través de una plataforma digital específica.
Cortesía de Xataka
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