Inició el proceso de la Declaración Anual 2024 para las personas físicas en México ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pero es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) quien confirmó que para este periodo habrá contribuyentes que estarán exentos de la obligación fiscal.
Para que sepas quiénes no presentarán el trámite, cuya fecha límite es el miércoles 30 de abril, aquí en Unotv.com te damos todos los detalles.
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¿Qué contribuyentes no deberán hacer la Declaración Anual 2024?
De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de diciembre de 2024, las personas físicas que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) no tendrán que realizar la Declaración Anual 2024 durante este mes de abril.
“El pago mensual que realicen en términos del artículo 113-E, cuarto y quinto párrafos de la Ley del ISR, será definitivo, por lo que quedarán relevados de presentar la declaración anual a que se refieren los artículos 113-E, cuarto párrafo, 113-F y 113-G, fracción VII de dicha Ley, únicamente por los ingresos que correspondan al Régimen Simplificado de Confianza”.
DOF.
Por lo anterior, los contribuyentes que tributan en este régimen ya no deberán hacer el trámite ante el SAT y sólo tienen que presentar pagos mensuales.
¿Qué es el Resico?
El Resico está dirigido a personas físicas con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos que realicen las siguientes actividades:
- Actividades empresariales
- Prestación de servicios profesionales
- Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento)
- Actividades del sector primario
Beneficios del Resico para contribuyentes
Asimismo, el Resico ofrece varias ventajas para los contribuyentes, entre las que destacan:
- Cálculo automático de impuestos
- Facilidades administrativas
- Tasas mínimas del Impuesto sobre la Renta (ISR)
Además, como ya lo mencionamos anteriormente, quienes tributan en este régimen están relevados de presentar la declaración anual, debiendo realizar únicamente pagos mensuales.
Las personas físicas dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas también pueden tributar en el Resico, incluso si son socios o accionistas de uniones de crédito.
Cortesía de UNO TV
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