
El Gobierno Federal presentó una iniciativa para endurecer las sanciones contra el uso de facturas falsas, con penas que podrían alcanzar hasta nueve años de prisión. De acuerdo con la propuesta de reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF), cualquier persona que emita, adquiera o dé efectos fiscales a comprobantes apócrifos enfrentará consecuencias penales más severas.
Desde 2019, el artículo 113-Bis del CFF ya castiga la compraventa de comprobantes que amparen operaciones inexistentes. No obstante, la nueva iniciativa amplía su alcance y establece un nuevo procedimiento para declarar falsos los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), además de permitir que la Secretaría de Hacienda inicie acciones penales incluso antes de que concluyan los procesos administrativos.
⚖️ Investigación penal aun con correcciones ante el SAT
Uno de los cambios más relevantes es que la autoridad fiscal podrá proceder penalmente contra personas físicas o morales involucradas con facturas falsas, aunque el contribuyente haya corregido o aclarado su situación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esto significa que una empresa podría enfrentar una investigación penal incluso después de haber regularizado sus declaraciones.
Según la propuesta, las penas por la emisión o adquisición de comprobantes falsos podrían ir de dos a nueve años de prisión, dependiendo de la gravedad del caso y del monto involucrado.
Conducta | Pena propuesta | Autoridad competente |
---|---|---|
Emitir o vender facturas falsas | De 2 a 9 años de prisión | Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) |
Comprar o usar facturas falsas para deducir impuestos | De 2 a 9 años de prisión | Procuraduría Fiscal de la Federación |
Administrar plataformas que promuevan venta de facturas | De 2 a 9 años de prisión | Autoridad judicial federal |
⏰ Plazo limitado para corregir errores
La reforma también contempla que quienes hayan recibido facturas falsas deberán corregir sus declaraciones en un plazo máximo de 30 días naturales, eliminando los efectos fiscales de dichas operaciones. El problema es que no se prevé un procedimiento para demostrar la validez de las transacciones reales, lo que podría dejar en situación de indefensión a contribuyentes cumplidos.
Por ejemplo, si el SAT declara falsos los CFDI de un proveedor, las empresas que le compraron —aunque sus operaciones sean legítimas— deberán corregir sus declaraciones en el plazo señalado y, además, podrían ser objeto de una investigación penal.
💻 Sanciones también para plataformas digitales
Otro aspecto novedoso es que la reforma ampliaría el artículo 113-Bis para incluir sanciones a las plataformas digitales o redes sociales que permitan publicar anuncios de compraventa de facturas falsas. De esta forma, los administradores o titulares de sitios web podrían ser sancionados penalmente si se detecta que su espacio se usa para promover este tipo de actividades.
Con este cambio, el Gobierno busca cerrar los espacios digitales que faciliten el comercio ilegal de comprobantes fiscales, responsabilizando no solo a quienes los emiten o utilizan, sino también a quienes los difunden.
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Cortesía de El Contribuyente
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