SAT lanza simulador de declaración anual 2025 para personas morales en México: cómo y cuándo puede utilizarse

A partir del 1 enero y hasta el 31 de marzo de 2026, las personas morales en México deberá  presentar su Declaración Anual 2025. Para facilitar el proceso, a partir del mes de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria habilitó un simulador para los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza, el cual permitirá visualizar la información correspondiente al ejercicio fiscal 2025 y anticipar posibles correcciones.

De acuerdo con el comunicado, los plazos para presentar la Declaración Anual varían según el tipo de contribuyente. Las sociedades en proceso de liquidación tienen hasta el 19 de enero de 2026. En el caso de las personas morales sin fines de lucro, el límite será el 16 de febrero de 2026. Los regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como los de RESICO, deberán cumplir con su obligación antes del 31 de marzo de 2026.

Esto incluye el simulador

El simulador incorpora una serie de datos precargados para que los contribuyentes puedan revisar su situación fiscal con mayor claridad. Entre ellos se incluyen los pagos provisionales presentados, la PTU pagada durante el ejercicio, retenciones efectuadas por conceptos de sueldos, asimilados, arrendamiento y obligaciones del RESICO.

También se puede consultar comprobantes fiscales de devoluciones y bonificaciones. Asimismo, el simulador integra datos de años anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.

¿Cómo enviar la declaración?

Para poder enviar la declaración, el contribuyente deberá contar con e.firma y un servicio de banca electrónica, ya que, en cado de obtener saldo a cargo, este deberá pagarse mediante transferencia electrónica a través de entidades autorizadas. Cuando exista saldo a cargo, la actualización podrá verse reflejada 48 horas después del pago. Si el saldo es en ceros, la plataforma mostrará la información actualizada en un plazo aproximado de 24 horas.

En caso de necesitar modificar ingresos u otros datos precargados, deberá presentar declaraciones complementarias. El SAT recordó que estas herramientas buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en tiempo y forma. Es importante no confundir la declaración anual de personas morales con la de personas físicas. Estas últimas deberán cumplir con su obligación fiscal del 1 al 30 de abril de 2026.

Cortesía de Xataka



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