SAT refuerza su campaña contra el lavado de dinero

El 28 de octubre de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió el Comunicado 54/2025, en el que informó sobre la intensificación de su campaña de información y orientación dirigida a las personas físicas y morales que realizan Actividades Vulnerables conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).

Objetivo de la campaña

El propósito de esta estrategia es promover la regularización y fortalecer la cultura del cumplimiento entre quienes realizan actividades susceptibles de ser utilizadas para el lavado de dinero, consolidando la integridad del sistema financiero y la estabilidad económica nacional.

Como parte de esta iniciativa, el SAT actualizó su Minisitio de Actividades Vulnerables y amplió el Programa Tríptico, distribuyendo materiales impresos y digitales que explican los derechos y obligaciones de los sujetos obligados.

El minisitio permite identificar si una persona o empresa realiza alguna de las 17 actividades consideradas vulnerables y ofrece orientación sobre cómo registrarse en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero y presentar los avisos correspondientes.

Distribución del material informativo

Desde febrero de 2025, el SAT ha distribuido 1,909,761 trípticos físicos que explican los pasos esenciales para cumplir con la normativa:

  • Darse de alta en el padrón de sujetos obligados.
  • Identificar y verificar la identidad de clientes o usuarios.
  • Solicitar información sobre la actividad u ocupación de los mismos.
  • Acceder a medios de contacto para recibir asesoría o aclaraciones.

Además, se enviaron por vía electrónica las versiones digitales de los trípticos de las fases 1 y 2:

  • “¿Sabes si realizas una actividad vulnerable?”
  • “Preguntas frecuentes de la visita de verificación”.

Ambas versiones fueron remitidas a todas las personas registradas en el Padrón de Sujetos Obligados.

Actividades consideradas vulnerables

La LFPIORPI clasifica como actividades vulnerables aquellas que, aunque lícitas, pueden ser utilizadas con fines de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo. Entre las más relevantes destacan:

Tipo de actividad Ejemplo o ámbito
Juegos con apuesta, concursos o sorteos Casinos, rifas y sorteos públicos
Comercialización de metales y piedras preciosas Joyas, relojes y objetos de alto valor
Emisión o comercialización de tarjetas y cheques de viajero Tarjetas prepagadas, de servicios o crédito alternativo
Comercialización de vehículos Venta de autos, aviones o embarcaciones
Subasta o venta de obras de arte Galerías, ferias o intermediarios
Servicios profesionales o de fe pública Notarios, abogados y representantes legales
Recepción de donativos Asociaciones civiles y fundaciones
Proveedores de activos virtuales Intercambio de criptomonedas o tokens digitales

Sanciones por incumplimiento

El SAT recordó que negarse a proporcionar información o impedir una visita de verificación puede derivar en sanciones económicas que van de 200 a 2,000 UMAS, de acuerdo con los artículos 18 fracción V, 53 fracción II y 54 fracción I de la LFPIORPI. Estas medidas buscan incentivar el cumplimiento voluntario y prevenir la evasión regulatoria en sectores vulnerables.

Compromiso con estándares internacionales

La autoridad fiscal destacó que estas acciones están alineadas con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), lo que refuerza los esfuerzos de México en la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, promoviendo transparencia y cooperación internacional.

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Cortesía de El Contribuyente



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