
¿Por qué se toma esta decisión?
La SCJN considera que hay casos pendientes que están conectados con este tema. Según la Ley, el tribunal puede retrasar la resolución de amparos si necesita esperar el fallo de otros asuntos similares.
Debido a que existen interpretaciones encontradas sobre el “retorno virtual” de mercancías, la SCJN decidió suspender temporalmente los amparos en curso hasta que se defina un criterio claro. En otras palabras, los casos quedarán en pausa hasta que la SCJN tome una decisión definitiva sobre el asunto.
El problema del “doble IVA”
El conflicto gira en torno a cómo se manejan las operaciones virtuales IMMEX y el uso del pedimento “V5”, que permite registrar mercancía sin que realmente salga del país. Durante mucho tiempo, estas transacciones se consideraban “exportaciones virtuales”, lo que significaba que no tenían que pagar IVA.
Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) argumenta que estas operaciones deben pagar impuestos dos veces:
- Al ingresar los bienes de manera virtual a México.
- Al venderlos dentro del territorio nacional.
En 2021, se eliminó una norma que permitía a empresas IMMEX considerar exportadas ciertas mercancías sin necesidad de que salieran físicamente del país. Con esta eliminación, el SAT exigió el pago del IVA en estas transacciones.
Ahora, la SCJN deberá analizar si este criterio es legal. Algunos puntos clave que evaluará son:
- Si las “exportaciones virtuales” deben recibir el mismo tratamiento fiscal que las exportaciones reales.
- Si la eliminación de la norma justifica cobrar IVA en ambas etapas de la operación.
- Si la decisión del SAT respeta los principios de justicia tributaria.
Mientras la SCJN estudia el caso, los amparos relacionados con este tema seguirán en pausa hasta nuevo aviso.
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