
El Gobierno de México y el Colegio Nacional del Notariado Mexicano impulsan nuevamente la campaña “Septiembre, Mes del Testamento 2025”, una iniciativa que busca fomentar la cultura de previsión y brindar certeza jurídica a las familias.
urante este mes, las notarias de todo el país ofrecen beneficios especiales y asesoría para facilitar el trámite.
1. Beneficios de la campaña
Entre las ventajas que se ofrecen este año destacan:
-Reducción de hasta el 50% en el costo.
-Asesoría gratuita con notarios públicos.
-Horarios extendidos en notarías participantes.
-Prevención de juicios costosos y conflictos familiares.
-Garantía de que la voluntad del testador sea cumplida.
2. Pasos para hacer tu testamento
El proceso es sencillo y consta de seis pasos:
-Visita la notaría de tu elección.
-Presenta una identificación oficial.
-Proporciona tus datos generales.
-Considera que, si se requieren testigos, el notario lo solicitará.
-Realiza el pago correspondiente (con descuento en septiembre).
-Expresa tu voluntad y decide a quién heredar tus bienes.
3. ¿Qué puedes heredar?
Un testamento no solo contempla bienes materiales:
Bienes: muebles e inmuebles.
Derechos: como marcas registradas.
Obligaciones: deudas que se cubrirán hasta donde los bienes lo permitan.
4. Requisitos y flexibilidad
-No necesitas tener bienes ni hijos para hacer tu testamento.
-Puedes modificarlo cuantas veces lo desees: el último siempre será el válido.
-Si lo extravías, puedes solicitar una copia en la notaría donde lo otorgaste.
-Tus bienes se reparten únicamente después de tu fallecimiento.
5. Tipos de testamento
Existen diversas modalidades en México:
Especiales: marítimo, privado, hecho en el extranjero, militar y agrario.
Ordinarios: público abierto, público cerrado, ológrafo y simplificado.
6. Sujetos en el testamento
Dentro de este acto jurídico pueden intervenir diferentes figuras:
Albacea: administra los bienes.
Tutor: protege legalmente a menores o personas con discapacidad.
Legatario: recibe un bien específico.
Heredero: recibe el conjunto de bienes y obligaciones.
7. Consideraciones adicionales
En algunos estados se requieren testigos obligatorios, por ejemplo, dos en Aguascalientes y Yucatán, o tres en Chihuahua, Michoacán, Oaxaca, Zacatecas, Tabasco y Tlaxcala.
También se solicitan testigos cuando la persona testadora no sabe leer, escribir o firmar, no habla español o tiene alguna discapacidad visual o auditiva.
Si existe una discapacidad o barrera de comunicación, se puede asistir con un acompañante o traductor.
Con o sin testamento: la diferencia
Con testamento: aseguras que tu patrimonio pase a quien tú elijas, repartes bienes como desees y puedes modificar tu voluntad en cualquier momento.
Sin testamento: la ley determina quién hereda mediante un proceso judicial que puede tardar años, generar gastos innecesarios y provocar conflictos familiares.
“Tu decisión protege a tus seres queridos”, resalta la campaña, cuyo lema central este año es: “Hazlo por tus seres queridos y herédales paz y tranquilidad”.
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Cortesía de El Economista
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