El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica, para público en general, es una herramienta diseñada para registrar ventas y servicios dirigidos a consumidores finales que no proporcionan información fiscal, como el RFC, o no solicitan factura.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) informó sobre una controversia jurídica derivada de posturas opuestas entre dos Tribunales Colegiados del Decimocuarto Circuito del Poder Judicial de la Federación.
¿Es sancionable emitir CFDI al público en general sin cumplir requisitos?
Según un análisis publicado por Fiscalia, la disputa gira en torno a si la emisión de CFDI para público en general que no cumpla con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación (CFF) puede sancionarse bajo el Artículo 83, fracción VII.
Un fallo reciente determinó que emitir estos CFDI sin apego a los lineamientos del CFF, su Reglamento o las Reglas Generales del SAT no constituye una infracción conforme a dicho artículo.
Distinción entre operaciones
El Pleno del Decimocuarto Circuito concluyó que la fracción VII del Artículo 83 del CFF no incluye como infracción la emisión de CFDI para público en general, ya que la normativa distingue entre operaciones con clientes específicos y aquellas realizadas con consumidores finales.
Con base en los principios de tipicidad y aplicación estricta de la ley (artículos 14 de la Constitución y 5 del CFF), extender la sanción prevista para clientes específicos al público en general sería incorrecto.
Relevancia de este fallo
Aunque la resolución se emitió en noviembre de 2022, Fiscalia destacó su trascendencia. Este criterio legal refuerza la necesidad de interpretar y aplicar las normas fiscales de manera exacta, marcando un precedente importante para empresas y contribuyentes.
La sentencia puede ser consultada aquí.
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Cortesía de El Contribuyente
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