¿Te toca devolución del SAT? Así puedes saber si tienes saldo a favor en tu declaración de impuestos y pedirlo

Cómo saber si tienes saldo a favor y cómo pedirlo. Foto: Shutterstock

Miles de contribuyentes en México deben presentar su Declaración Anual de Impuestos ante el SAT cada año. Este trámite no solo es obligatorio, también puede generar un saldo a favor, es decir, un reembolso si pagaste más impuestos de los que debías. En 2025, el proceso puede realizarse en línea, siguiendo estos pasos.

El saldo a favor ocurre cuando el total pagado o retenido en impuestos supera lo que realmente se debe. Esto puede suceder si hiciste deducciones personales como gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios o aportaciones voluntarias a tu Afore. En ese caso, el SAT puede devolverte la diferencia.

Pasos para consultar si tienes saldo a favor

  1. Accede al portal del SAT: Ingresa a www.sat.gob.mx con tu e.firma o contraseña.
  2. Consulta tu declaración: En el menú, ve a “Declaraciones” y revisa el resultado de tu Declaración Anual.
  3. Verifica el cálculo: Si tienes saldo a favor, se mostrará el monto que el SAT debe reembolsarte.

Cómo solicitar la devolución

  1. Dirígete a “Devoluciones y compensaciones” dentro del portal del SAT.
  2. Captura tu CLABE bancaria, que debe estar a tu nombre, para que el depósito se realice directamente en tu cuenta.
  3. Confirma la solicitud siguiendo los pasos que indica el sistema.

Plazos para recibir la devolución

  • Si el saldo a favor es igual o menor a 150 mil pesos y aceptaste la propuesta prellenada sin cambios, el SAT realiza el reembolso en hasta 40 días hábiles.
  • Si hiciste ajustes o el monto es mayor, el proceso puede requerir información adicional, lo que podría extender el plazo.

¿Qué hacer si hay errores o rechazo?

Si el SAT rechaza la devolución por inconsistencias, puedes presentar una declaración complementaria para corregir errores o adjuntar documentos faltantes.

Además, si tienes deudas fiscales previas, el saldo a favor puede utilizarse para compensarlas, también desde el portal del SAT.

Cortesía de UNO TV



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