
Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió batear las denuncias que solicitaron la anulación de la elección de ministros de la Suprema Corte por el uso de acordeones, ya que determinaron que no hay pruebas contundentes para acreditar que esas guías de votación influyeron en el resultado de las votaciones.
Con el voto de tres magistrados contra dos, la Sala Superior resolvió echar abajo 25 juicios que pedían anular la elección de diversos cargos del Poder Judicial, entre estos los cargos de los nueve ministros de la Corte.
Y es que los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora presentaron proyectos en los que proponían la anulación de la elección de las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al supuestamente haberse acreditado la existencia de una estrategia ilícita, coordinada, sistemática y generalizada de distribución de guías de votación (“acordeones”) “que tuvo el propósito de influir en el voto de la ciudadanía y que fue determinante para los resultados electorales”.
Sin embargo, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, así como los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, votaron en contra de esos proyectos al indicar que el uso de acordeones no determinó el resultado de la elección judicial.
En la sesión, Soto Fregoso dijo que el Tribunal Electoral Federal no tiene una varita mágica para tirar con una sentencia, que no tiene pruebas válidas, el Estado de derecho que hoy impera en México.
Incluso, cuestionó el método utilizado por el magistrado Reyes Rodríguez, con el cual pretendía echar abajo la elección de ministras y ministros de la Suprema Corte.
“Estemos o no de acuerdo, hay un mandato, un diseño constitucional que había que respetar, que había que aplicar y que había que hacer valer. Aquí no se trataba de ver cómo tirábamos el proceso electoral, aquí lo que se trataba de verificar, de analizar y de resolver los conflictos que se presentaban en el desarrollo de este inédito novedoso proceso”, dijo.
Al solicitar una de las pruebas de los acordeones impresos, el magistrado Rodríguez Mondragón, a modo de burla, le dijo a la presidenta del Tribunal: “El que tiene usted en la mano es el que hay más impresiones, digamos, ese es el acordeón ganador. Espero que no haya ido a votar usted con ese, pero es ese”. Ante ello, la magistrada pidió respeto.
El magistrado Rodríguez Mondragón, quien presentó de manera impresa y explicó el contenido y la influencia que tuvieron las guías de votación en la ciudadanía, resaltó que las 38 carpetas de investigación presentadas como pruebas fueron consistentes y tuvieron la evidencia suficiente para definir que estas funcionaron como propaganda ilegal.
Aseguró que los “acordeones” sí influyeron en el voto de la ciudadanía el pasado primero de junio, puesto que argumentó que el fenómeno formó parte de una operación coordinada, premeditada e intencional, que no fue resultado de acciones ciudadanas, individuales ni espontáneas.
El magistrado resaltó que existió una plena coincidencia entre las candidaturas que aparecieron en los acordeones y las que ganaron y obtuvieron el mayor número de votos, lo cual generó un indicio fuerte sobre su grado de influencia en el voto ciudadano y los resultados.
La magistrada Janine Otálora Malassis coincidió con el análisis presentado por el magistrado Reyes Rodríguez, pues indicó que este refuerza los hallazgos contenidos en los elementos de prueba que integran el expediente, mismos que indicaron que en la mayoría de los estados, mientras más personas votaban, más crecían los votos para las mismas nueve candidaturas ganadoras.
En ese sentido, sostuvo que los proyectos presentados por su ponencia concluyeron que sí existieron mecanismos para influir en la voluntad de la ciudadanía, afectando de manera determinante la libertad del sufragio, ello a partir de las pruebas que integran el expediente y de su análisis contextual.
Al respecto, el magistrado Felipe Fuentes señaló errores en los proyectos de Reyes Rodríguez y Janine Otálora, pues calificó el análisis como una simple acumulación de inferencias, uso del análisis contextual y una metodología estadística que no cumple con la exigencia constitucional para anular elecciones.
“El propio proyecto reconoce que sólo 173 de esos ejemplares se acompañan por un testimonio anónimo, circunstancialmente débil, y eso significa que el inventario físico de acordeones es sólo un acopio y no una medida de cuánto se usaron realmente ni de su alcance, y mucho menos puede probar que hubo una operación generalizada sistemática y determinante de la voluntad popular”, aseveró.
Aseveró que el proyecto pretende aparentar solidez, y “lo cierto es que se demuestra que esas pruebas son pocas y débiles, sobre todo frente a la grave, consecuencia que se pretende, la nulidad de una elección nacional”.
Al argumentar su voto en contra, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña sostuvo que no hay pruebas contundentes para resolver que el uso de acordeones influyó en el triunfo de los candidatos electos a ministros de la Corte, además no se indica quiénes fueron los responsables de elaborar dichas guías del voto.
“Una determinación a la ligera, como se propone, afectaría a la voluntad de la ciudadanía”, indicó.
Incluso recordó que el TEPJF ya había validado el uso de acordeones en la jornada electoral, y cuestionó “de verdad un papel en el bolsillo para ayudar a votar de que se desconoce si se distribuyó o si se usó y mucho menos de manera generalizada, se convierte en un instrumento que amenaza la democracia y la validez de la elección”.
También detalló que en el proceso judicial participaron 13 millones de personas y el INE solo acreditó el uso de acordeones en 13 casillas.
CS
Cortesía de El Heraldo de México
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