Zaldívar pide a legisladores adecuar la Ley de Amparo: “En el gobierno no se avalan actos contrarios a la Constitución”

 Luego de la polémica que provocó la modificación de último momento a la Ley de Amparo, este viernes Arturo Zaldívar se presentó en la Mañanera de la presidenta Claudia Sheinbaum para aclarar que el gobierno de no está a favor de ninguna cláusula de retroactividad, ya que contradice a la Constitución.

“La presidenta tiene razón en ser muy enfática que en este gobierno no se impulsan ni se abalan leyes ni actos contrarios a la Constitución y que no hay cabida a aplicación retroactiva de ninguna ley en perjuicio de persona alguna”, dijo desde Palacio Nacional.

Durante su exposición, el exministro de la Suprema Corte y actual asesor del gabinete, reconoció que la redacción del artículo transitorio aprobado en el Senado es confusa, pero fue enfático que no se busca la aplicación retroactiva de esta nueva ley en procesos que ya estaban en curso, tal como establece el artículo 14 constitucional que prohíbe la retroactividad.

“Los actos terminados en las etapas anteriores se mantendrán conforme a la normativa vigente en el momento en el que se resolvieron, mientras que los nuevos serán resueltos conforme a la nueva. “No se pueden modificar las suspensiones que ya se concedieron”, dijo.

Sheinbaum criticó la inclusión retroactiva en la Ley de Amparo: “Tiene que revisarse”

Zaldívar matizó esta modificación de último momento a la iniciativa original al asegurar que el legislador que lo redactó tenía por intención por cumplir la jurisprudencia, pero sin suficiente claridad, lo que, en su opinión, ocasionó “un debate innecesario y a ciertos críticas y descalificaciones y preocupaciones legítimas”.

En ese sentido, sugirió a los legisladores realizar tres adecuaciones puntuales a la iniciativa. “La presidenta ha sido enfática en que no estamos a favor de ningún tipo de retroactividad, por eso de manera muy respetuosa y en el ánimo de un dialogo constrictivo entre poderes, nos permitimos sugerir respetuosamente y si así lo estiman conveniente a los y las legisladores a hacer las siguientes adecuaciones al artículo sin cambiar su sentido, simplemente dándole claridad”.

Entre las sugerencias señaló que se debe establecer que la ley de amparo es una ley procesal; que prevea con claridad contundente que las etapas procesales concluidas generan derechos adquiridos y se rigen por las normas vigentes al momento de su actuación; y que, de acuerdo con la jurisprudencia de la SCJN, las actuaciones procesales posteriores a entrar en vigor de estas reformas se regirán por las nuevas disposiciones sin que implique aplicación retroactive ni afectación a derechos adquiridos pues se trata de actuaciones futuras. 

Cortesía de La Política Online



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