Cómo identificar en qué empresa participó un accionista fallecido

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene un procedimiento por medio del cual el albacea y los herederos pueden identificar las entidades de las cuales participaba un socio o accionista fallecido. Esto se hace para darlo de baja y poder así finalizar la cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

El sistema del SAT rechaza la cancelación

De acuerdo con Fiscalia, a través del programa de síndicos del SAT se identificó una problemática, que en esencia consiste en que los herederos o albacea no identifican sobre qué empresas participó un socio o accionista fallecido, particularmente tratándose de empresas suspendidas o que han dejado de operar.

La problemática inicia porque en vida el socio o accionista participa de entidades que entran en suspensión o dejan de operar u otras que, aun cuando se haya enajenado acciones, no se entera la operación efectuada por accionistas ni se emite ningún formato relacionado con la modificación a la estructura accionaria.

En ese sentido, el texto indica que cuando el heredero o albacea busca cancelar el RFC del accionista o socio fallecido, el sistema del SAT rechaza la cancelación señalando que el contribuyente aún es socio o accionista de una persona moral.

La situación se complica porque el heredero o albacea no es capaz de identificar por cuál persona moral se está presentando dicha situación.

Así se identifica en qué empresa participó un accionista fallecido

En los casos en que el socio o accionista haya fallecido ostentando las partes sociales o acciones de la entidad, la “única forma” en que haya dejado de participar en la persona moral es que estos títulos sean transferidos a los herederos. En estos casos, el aviso de aclaración deberá presentarse al SAT una vez que se haya concluido la sucesión.

A continuación, se enlista los pasos señalados por el SAT para solventar la citada situación:

  • El albacea designado podrá solicitar al SAT, en términos de los Artículos 44 y 49 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la información sobre las relaciones existentes entre el fallecido y la persona moral de la cual haya participado. Para ello deberá presentarse previa cita a la Administración Descentralizada de Servicios al Contribuyente (ADSC) en el área de orientación fiscal presentando los siguientes documentos:
    – Documento que conste el nombramiento y aceptación del cargo de albacea otorgado mediante resolución judicial o en documento notarial.
    – Identificación oficial vigente del albacea.
  • Posteriormente, deberá presentarse un Caso de Aclaración a través de Mi Portal, indicando lo siguiente:
    – Ir a Servicios por internet / Servicios o Solicitudes/ Aclaración.
    – En Trámite seleccionar: ACTUALSOC_AC
    – En Dirigido a indicar: Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente
    – En Asunto indicar: “Modificación o incorporación de socios, accionistas y asociados extranjeros”
    – En Descripción señalar la solicitud de baja de la obligación de socio o accionistas, así como aportar la documentación que acredite la causal de baja como documento notarial donde conste que ya no es parte de la sociedad de la cual requiere la baja, así como demás documentales que acrediten su dicho.

Fiscalia señala que puede resultar complicado y costoso para los herederos aportar documentación notarial: si desde un inicio no identificaban las entidades donde participaba el fallecido, es probable que tampoco tengan en su haber los documentos que indiquen que el de cujus ya no ostenta participación en la persona moral.

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Cortesía de El Contribuyente



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