Con septiembre llegan también las fiestas patrias y un día de descanso obligatorio para los trabajadores. Sin importar el giro al que se dedique la empresa, todas deben respetarlo y en caso de requerir que sus actividades continúen, deberán pagar el día tal como lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) .
El artículo 75 de la LFT establece que las personas que laboran en días de descanso obligatorios, no solo deben recibir el sueldo normal por día, sino también un salario doble por la jornada realizada. Por esta razón, comúnmente se dice que el trabajador debe recibir el equivalente al triple de su salario habitual, pues se suma el pago por un día más un sueldo doble. Por ejemplo, si un trabajador gana 500 pesos por día, en caso de trabajar en un día de descanso obligatorio deberá recibir 1,500 pesos.
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